Tenemos todos los ingredientes necesarios para presagiar un alto control por parte de la Agencia Tributaria sobre aquellas startups de base tecnológica que utilizan la creación de filiales para desarrollar su actividad económica en otros países.
Tal y como era previsible, una vez que se cumplen cuatro años desde el conocido como Country-by-Country Report, la Agencia Tributaria pretende intensificar el control sobre las operaciones vinculadas y la valoración – precios de transferencia – que los miembros de los grupos multinacionales estipulan para estas operaciones intra-grupo.
Así lo ha determinado expresamente el Plan Anual de Control Tributario y Aduanero para 2022: “la internacionalización e integración de la actividad económica a nivel mundial han dado lugar a que las operaciones vinculadas internacionales tengan una importancia sustancial en la economía mundial. Ello, unido al riesgo fiscal inherente a este tipo de operaciones, hace que se trate de un ámbito prioritario para las actuaciones inspectoras en 2022”.
De una manera más específica, serán objeto de especial control aquellas operaciones realizadas sobre intangibles, tales como las transmisiones de patentes, diseños, know-how, software, etc., la cesión de la explotación de estos – i.e. los royalties – o la correcta aplicación del patent box, y las estructuras utilizadas a nivel de grupo, en cuyo caso se controlará que el establecimiento de estructuras en el exterior no se utilice para remansar beneficios en jurisdicciones de menor tributación o aquellas que impliquen la existencia de pérdidas reiteradas.
Si además tenemos en cuenta la reciente publicación de las nuevas Directrices de la OCDE en materia de precios de transferencia, en las que se incluyen modificaciones especialmente en lo relativo a los intangibles, tenemos todos los ingredientes necesarios para presagiar un alto control sobre aquellas startups cuyo core business consiste en la explotación de intangibles o que sencillamente realizan operaciones sobre dichos activos a nivel de grupo.
Por tanto, resulta aconsejable que todas aquellas startups que reúnan las características anteriores (explotación de IP + utilización de estructuras de grupo) revisen (i) no sólo su política de precios de transferencia, (ii) sino también el cumplimiento de las obligaciones de documentación, ámbitos en los que se prevé una especial dureza de las actuaciones inspectoras.